CATALUÑA — SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CATALUÑA
Subvenciones para cursos de formación profesional dirigidos a personas desempleadas en Cataluña
Título oficial: Resolución EMT/ /2026, de de , por la que se abre la convocatoria de subvenciones para el año 2026 en relación con las actuaciones del programa Formación de oferta en áreas prioritarias
Quién puede pedirla
Asociaciones, Otras entidades
Cuánto
bolsa de 80.000.000 €
Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-28)
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
Programa de financiación de acciones formativas en profesiones prioritarias del mercado laboral catalán dirigidas principalmente a personas sin empleo. Las entidades (centros de formación, asociaciones profesionales) pueden solicitar subvenciones para impartir cursos de certificados profesionales, grados B y C, e idiomas. El presupuesto total disponible es de 80 millones de euros distribuidos por comarcas según el desempleo registrado.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para que centros de formación profesional puedan ofrecer cursos gratuitos o subvencionados a personas sin empleo, capacitándolas en oficios y profesiones que tienen demanda real en el mercado laboral de Cataluña. El objetivo es mejorar la ocupabilidad de las personas desempleadas formándolas en competencias profesionales concretas.
¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarlas centros de formación profesional, asociaciones, empresas de formación y otras entidades autorizadas que estén inscritas en el registro de entidades de formación. Las entidades deben tener capacidad para impartir la especialidad solicitada y cumplir requisitos administrativos y de calidad. Se valorará especialmente a entidades con experiencia previa en este tipo de programas.
¿Qué cubre?
La subvención cubre los costes de impartición de acciones formativas: cursos completos de certificados profesionales (de varios meses de duración), módulos específicos, períodos de formación en empresa, y formación transversal. El importe se calcula mediante módulos económicos por alumno según especialidad. Las nuevas entidades sin experiencia pueden recibir un máximo de 108.893,23 euros por su primer atorgamiento. Las entidades ya establecidas tienen limitaciones según su volumen de negocio.
¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.
¿Cómo se pide?
Las solicitudes se presentan electrónicamente a través de la plataforma de la Generalitat (sede electrónica o EACAT), utilizando formularios específicos. Solo se admite una solicitud por entidad. Debe acompañarse documentación sobre capacidad de impartición, registros de centros, acuerdos de colaboración si intervienen varias entidades, e información sobre experiencia en formación según el tipo de solicitante.
¿Qué papeles necesito?
Certificado de inscripción en el Registro de Entidades de Formación del SOC
Acreditar que la entidad está autorizada para impartir formación profesional
Dónde: Servicio Público de Ocupación de Catalunya
Certificado de acreditación en modalidad virtual o teleformación
Cuando se solicitan especialidades en modalidad virtual, demostrar que la entidad está acreditada para esta modalidad
Dónde: Registro de Entidades de Formación del SOC
Acuerdo de colaboración para acciones formativas
Si hay miembros asociados o agrupados que ejecutarán parte de la formación, especificar roles y responsabilidades
Dónde: Formulario específico que proporciona el SOC
Declaración sobre actividad en políticas de ocupación
Entidades sin experiencia previa deben acreditar su capacidad y vinculación al sector profesional
Dónde: Formulario específico de declaración responsable
Información sobre xifra de negocio de los últimos 3 años
Determinar el límite máximo de subvención que puede recibir la entidad
Dónde: Registros contables de la entidad o asesoría fiscal
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-05.