CANARIAS — CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS

Subvenciones para proyectos que fomenten derechos de personas con discapacidad y en situación de dependencia

Título oficial: FOMENTO DE DERECHOS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA 2026

Quién puede pedirla
Asociaciones, Otras entidades

Cuánto
bolsa de 1.550.747,73 €

Hasta cuándo
Quedan 575 días (2028-04-30)

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

Canarias financia proyectos de entidades sin ánimo de lucro para mejorar la vida de personas con discapacidad o dependencia, sus familias y entorno. Las ayudas cubren actividades como atención temprana, prevención de soledad, inclusión social, respiro familiar, formación de cuidadores y servicios de accesibilidad. El presupuesto total disponible es de 4.691.967,30 euros.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Estas ayudas buscan promover y garantizar el efectivo ejercicio de derechos de personas con discapacidad y personas en situación de dependencia en Canarias. Financian iniciativas que mejoren su integración social, autonomía personal, acceso a servicios, apoyo familiar y calidad de vida.

¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarlas asociaciones sin ánimo de lucro, fundaciones, entidades del tercer sector y similares que estén legalmente constituidas, inscritas en el registro regional de entidades colaboradoras en servicios sociales, tengan personalidad jurídica privada y recojan en sus estatutos fines relacionados con discapacidad, dependencia, atención temprana o accesibilidad universal. Deben operar en Canarias.

¿Qué cubre?
Las subvenciones financian proyectos en varias líneas: atención temprana para menores, prevención de soledad, inclusión social, salud mental, respiro familiar, formación de cuidadores, información y asesoramiento, servicios de accesibilidad (lengua de signos, mediación comunicativa) y asistencia personal. Los máximos varían entre 30.000 y 80.000 euros por proyecto según la actividad.

¿Qué no cubre?
No se financian servicios ya cubiertos por los Cabildos Insulares en convenios de dependencia o discapacidad. Tampoco se subvencionan actividades meramente promocionales de las entidades, visitas o excursiones de centros residenciales, o servicios prestados en instituciones residenciales (excepto respiro familiar temporal). No se especifica en las bases si hay exclusiones adicionales sobre gastos de administración, equipamiento o infraestructura.

¿Cómo se pide?
Las solicitudes se presentan en régimen de concurrencia competitiva. La atención se presta de forma presencial, aunque algunos servicios (información, asesoramiento) pueden complementarse con teléfono o videoconferencia. Se accede a través de la sede electrónica de Canarias. No se especifica en las bases el procedimiento exacto de presentación ni los documentos básicos más allá de requisitos administrativos generales.

¿Qué papeles necesito?

Acreditación de alta de terceros en SEFLOGIC
Demostrar que la entidad está registrada en el sistema económico-financiero y logístico de Canarias para poder recibir pagos.
Dónde: A través de la dirección: https://www.gobiernodecanarias.org/hacienda/tesoro/altas_terceros/

Certificado de estar inscritos en el Registro Regional de Entidades Colaboradoras en Servicios Sociales
Acreditar que la entidad está autorizada para colaborar en servicios sociales en Canarias.
Dónde: Registro administrativo de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias

Copia de los estatutos de la entidad
Verificar que recogen en sus fines institucionales la promoción de derechos de personas con discapacidad, atención a la dependencia, atención temprana o accesibilidad universal.
Dónde: Archivos de la entidad solicitante

Documentación acreditativa de no estar incurso en prohibiciones legales
Demostrar que la entidad no incurre en las circunstancias que impiden acceder a subvenciones (art. 13 Ley 38/2003).
Dónde: Certificaciones de la Administración correspondiente (Hacienda, Seguridad Social)

Acreditación de estar al corriente en el pago de reintegros de subvenciones previas
Verificar que la entidad no tiene obligaciones pendientes de reintegro de subvenciones anteriores.
Dónde: Certificación de la Consejería de Bienestar Social o equivalente

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.